Derecho de familia
Alimentos
Somos conscientes de los problemas que conllevan las relaciones interpersonales; por eso, asesoramos y patrocinamos con empatía y profesionalismo en procesos de alimentos, defendiendo los intereses de quienes nos eligen. Los acreedores de la obligación -es decir, quien deben recibir los alimentos- surgen de distintas normas. En este caso, hablamos de los alimentos que le corresponden a los hijos por parte del padre no conviviente.
El alimentante no tiene un trabajo en blanco, ¿se puede reclamar igual?
Por supuesto. La jurisprudencia tiene dicho que la demanda por alimentos es procedente aunque el obligado no tenga un trabajo registrado, ya que se pueden demostrar sus ingresos por otros medios (caja de ahorro, mantenimiento de un inmueble o vehículo, cuotas de un club, viajes, etc.).
¿Existe un porcentaje fijo que deba otorgar el alimentante?
No existe un porcentaje fijo en la legislación de nuestro país, ya que se evalúa cada caso en concreto en función del deudor como de los acreedores de la obligación alimenticia. Sin embargo, el porcentaje normalmente oscila entre un 15 y un 30 % de los ingresos del deudor.
Tenencia y régimen de visitas
Asesoramos legalmente y ofrecemos patrocinio letrado para el padre/madre no conviviente respecto a la tenencia y el régimen de visitas.
Mi pareja no me permite ver a mis hijos, ¿qué se puede hacer?
En este tipo de casos, es conveniente que te comuniques con nosotros para poder asesorarte correctamente. Salvo que exista una sentencia judicial que diga lo contrario, ambos padres tienen derecho de poder pasar tiempo con sus hijos; por lo cual que una parte le prohíba la comunicación a la otra sin justificación legal no está permitido.
Me quiero divorciar pero tengo miedo de perder contacto con mis hijos.
En el proceso de divorcio, cuando existen hijos de por medio, será necesario establecer un régimen de guarda y comunicación, el cual puede estipular -siempre observando el interés superior del niño- condiciones favorables para ambos padres, para que ninguno de los dos pierdan contacto con sus hijos. Este régimen puede elaborarse en conjunto o puede cada parte proponer su propuesta.
Divorcios
Asesoramos a nuestros clientes en los procesos de divorcio, sean estos bilaterales (presentación conjunta por ambas partes) o unilaterales (lo pide un solo cónyuge).
¿A qué le llaman divorcio express?
Una práctica usual entre muchos abogados es la promoción del famoso divorcio express, una supuesta clase de divorcio menos formalizado que se tramita en tiempo récord. El divorcio express no existe. El término es utilizado por "profesionales" que intentan inescrupulosamente vender un servicio que no es más que el divorcio común y corriente. En nuestro país existe un solo tipo de divorcio, que es el judicial, independientemente de que la demanda sea unilateral (por la voluntad de un solo cónyuge), bilateral (por la voluntad de ámbos cónyuges), que hayan o no hijos, y que hayan o no bienes. La expresión de divorcio express surgió cuando hace varios años, en la antesala de la sanción del Código Civil y Comercial, se hablaba de la posible inclusión de un divorcio notarial (que existe en España, Cuba y México, entre otros países), que por el hecho de tramitarse simplemente con un escribano -y sin abogados- no requeriría de la demanda judicial, y por ende, sería más rápido, al no estar el trámite afectado por los plazos tribunalicios. Esa propuesta no fue implementada, y la expresión, sin embargo, siguió utilizándose por "profesionales" oportunistas. En Estudio Demichelis no hablamos con sofismos y engaños: la dignidad y experiencia profesional nos manda imperiosamente a llamar las cosas por su nombre, sin rodeos.
Me quiero divorciar pero mi pareja no, ¿puedo pedirlo igual?
Sí, no es necesario que se pongan de acuerdo. Con que una de las partes solicite el divorcio, este se dicta de igual manera.
¿Es necesario mencionar las causas del divorcio?
No, desde el año 2015 en función de la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación, ya no es necesario mencionar las causas que provocaron el divorcio.
¿Cuánto demora el proceso de divorcio?
Generalmente, entre 3 y 4 meses, dependiendo de la complejidad del asunto.
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